"El mundo llama necios a los que no están locos por la locura común" "Hay locuras mucho más sensatas que la razón" "Pero, ¿sabemos cuáles son los sabios y cuáles los necios, en esta vida en la que la razón debe llamarse a menudo necedad y la necedad genio?".
Se trata de un ámbito litigioso en constante evolución. Es relativamente reciente en su forma actual y se sabe muy poco sobre él.
En principio, la asistencia psiquiátrica no tiene restricciones y requiere el consentimiento del paciente.
No obstante, el Código de Salud Pública prevé excepciones a este principio.
La asistencia psiquiátrica sin consentimiento puede adoptar dos formas distintas: hospitalización completa y programa de asistencia.
La hospitalización completa sin consentimiento en un entorno psiquiátrico es una medida regulada por el Código de Salud Pública, que permite hospitalizar día y noche a personas que sufren trastornos mentales sin su consentimiento.
Desde la Ley de 5 de julio de 2011, esta medida administrativa, por su carácter restrictivo y privativo de libertad, es objeto de control jurisdiccional sistemático por los tribunales y no por los tribunales administrativos.
La situación de una persona hospitalizada en un centro psiquiátrico sin consentimiento es revisada sistemáticamente por un juez a más tardar el duodécimo día de ingreso. Esta primera revisión obligatoria se repite cada 6 meses.
La supervisión, que desde 2011 se ha confiado al Juge des libertés de la détention, se asigna ahora a un magistrado del tribunal judicial.
Además, el asunto también puede remitirse al tribunal en cualquier momento para que ordene la puesta en libertad de la medida lo antes posible, independientemente de la forma que adopte (petición facultativa de puesta en libertad).
Los abogados desempeñan un papel crucial en la defensa de los derechos de las personas sometidas a tatamientos psiquiátricos sin consentimiento. El abogado debe velar por que las restricciones a sus libertades personales sean "adaptadas, necesarias y proporcionales a su estado mental", que" la dignidad de la persona sea respetada y buscar su reinserción".
El abogado también se asegurará de que la persona hospitalizada o en tratamiento ambulatorio psiquiátrico involutarios haya beneficiado de la oportunidad de formular observaciones, por cualquier medio y de forma adecuada a su estado de salud, sobre el proyecto de decisión de hospitalización o del programa ambulario involuntarios y de que posteriormente haya sido informadade las decisiones adoptadas, de sus motivos, de su situación jurídica, de sus derechos y de los recursos de que dispone la persona bajo dichos tratamientos impuestos sin consentimiento.
El abogado debe asegurarse de que se cumplen todas las formas y requisitos legales.
Un tal control incluye verificar la legalidad de los procedimientos judiciales, la medida de hospitalización o el programa ambulatorio, y las medidas de aislamiento o contención. Estas últimas medidas, extremadamente restrictivas, sólo pueden utilizarse como "último recurso" y deben estar sujetas a un control judicial efectivo aún más estricto.
Si un tratamiento psiquiátrico sin consentimiento o involuntario (hospitalización completa, programa ambulatorio, aislamiento y contención) se encuentra viciado y vulnera sus derechos, su abogado podrá solicitaral juez que ponga un término a dichas medidas.
La asistencia de un abogado es obligatoria para las personas sometidas a cuidados psiquiátricos sin consentimiento.
El principio es que la persona debe ser oída por el juez con la asistencia obligatoria de un abogado, a menos que razones médicas (y sólo razones médicas) impidan que la persona sea oída. En este último caso, la persona ausente estará representada por un abogado que no dejará de comprobar si la incomparecencia de la persona ante el juez cumple los requisitos legales.
El abogado competente intentará hablar con la persona en tratamiento psiquiátrico sin su consentimiento previo, especialmente si los médicos consideran que la persona no puede ser oída o ha firmado una negativa a asistir a la vista.
El abogado no debe contentarse con una defensa pasiva. Debe defender activamente los intereses de su cliente, aunque éste no esté en condiciones de comprender plenamente el procedimiento.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha subrayado que un abogado comete una falta que compromete la responsabilidad del Estado si no defiende activamente a su cliente en el marco de un procedimiento de revisión de la asistencia psiquiátrica ( "En este sentido, el TEDH ha declarado que un abogado comete una falta que compromete la responsabilidad del Estado si, en el marco de un procedimiento de revisión de la asistencia psiquiátrica, se muestra pasivo, no plantea ningún argumento y no defiende a su cliente para el que ha sido designado") . TEDH, 10 de enero de 2019, asunto 55942/15, Cultura c. Croacia.
La asistencia psiquiátrica sin consentimiento puede admitirse de diferentes maneras: a petición de un tercero, a petición de un tercero en caso de urgencia, si hay peligro inminente y no hay terceros, o a petición del representante del Estado (en particular, el Prefecto).
Las personas internadas en unidades para pacientes difíciles (UMD) o unidades hospitalarias especialmente adaptadas (UHSA ) están sujetas a medidas de seguridad especiales y a protocolos de cuidados intensivos. Los abogados estarán tanto más atentos a que se respeten los derechos de estas personas.
Todos estos procedimientos son diferentes, y un abogado podrá comprobar si las circunstancias que dieron lugar a las decisiones de prestar asistencia psiquiátrica obligatoria cumplen los requisitos legales. Si no es así, podrá impugnarlas y solicitar que se retire el programa completo de hospitalización o asistencia.
El control jurisdiccional y los derechos reconocidos a las personas sometidas a tratamientos psiquiátricos sin consentimiento o involuntarios son garantías esenciales para prevenir o hacer cesar los abusos (conocidos como "internamientos abusivos") y asegurar un tratamiento psiquiátrico respetuoso de las libertades individuales.
****
Para garantizar la eficacia de este control jurisdiccional, la intervención de un abogado competente en la materia es esencial en este contexto especialmente sensible y restrictivo de las libertades.
Gloria DELGADO HERNÁNDEZ, abogada penalista en París, ha recibido una formación específica en este ámbito contencioso e interviene regularmente desde hace muchos años, ya sea en el marco del control judicial sistemático previsto legalmente (a los 12 días o a los 6 meses), ya sea mediante la presentación de una demanda de liberación de una persona que se encuentre bajo tratamientos psiquiátricos sin consentimiento.
También puede intervenir en litigios de indemnización para obtener compensación por hospitalización completa irregular, aislamiento o restricción.
Es miembro activo de la Junta Directiva de la Association Avocats Droits et Psychiatrie (https://www.avocatsdroitspsychiatrie.fr/) .
No dude en concertar una cita con Maître DELGADO HERNÁNDEZ si necesita un abogado experto en la defensa de personas sometidas a cuidados psiquiátricos sin consentimiento.